22/01/2021 Inmobiliario

Novedades en el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana

El 9 de diciembre de 2020, el Tribunal Supremo ha anulado una liquidación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana por considerar que la cuota a pagar  superaba al beneficio de la plusvalía de dicha transmisión del bien inmueble urbano.

Sentecias previas

Esta sentencia está en la misma línea que la sentencia del Tribunal Constitucional de 31 de octubre de 2019 que había señalado que la Ley de Haciendas Locales era inconstitucional, en aquellos supuestos en los que la cuota a pagar por el impuesto es superior al incremento patrimonial obtenido por el contribuyente.

En el caso analizado ahora, ante un incremento de valor probado de 17.473,71 euros, el ayuntamiento giró al contribuyente una plusvalía de 76.847,76 euros.

El Tribunal Supremo señala que “una situación como la descrita resulta contraria también a los principios de capacidad económica y a la prohibición de confiscatoriedad que prevé el artículo 31.1 de la Constitución”, de manera que “un resultado de esa naturaleza ha de reputarse, asimismo, escasamente respetuoso con las exigencias de la justicia tributaria a la que se refiere el propio precepto constitucional”.

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